martes, 30 de julio de 2013

Influencia de la iglesia sobre la legislación penal
Al igual que el romano y el germano, se trata de un derecho que ha evolucionado a lo largo de muchos siglos. Lo cierto es que bajo el imperio. Romano, la Iglesia ejerció una jurisdicción amplia en materia disciplinaria, pero limitada a cuestiones espirituales sobre laicos y ordenados, en tanto que el derecho penal secular estaba por entero en manos del Estado. Algo parecido  pasó luego bajo el dominio merovingio en Francia y recién en el régimen carolingio una serie de delitos fueron declarados simultáneamente estatales, debiendo apoyar la autoridad del Estado la sentencia canónica. En los siglos X a XII el derecho penal canónico fue ganando terreno a expensas del derecho penal secular, interviniendo también en los tribunales por los crímenes seculares más graves. De este modo alcanzó una competencia penal exclusiva en materia de delitos religiosos, cualquiera fuese la calidad de sus autores, como también una competencia concurrente con los tribunales seculares en los !llamados delicta mixta .Una de las cuestiones que se debaten a su respecto es si distinguía adecuadamente entre delito y pecado. Lo cierto es que ambas categorías no estaban del todo claras en él. Muchos siglos después, Katz afirmaba que el derecho canónico abarca a todos los hechos con el sentido de pecado y después distingue entre delitos  pecado en sentido estricto.

Con mucha mayor razón los conceptos de delito y pecado hubieron de estar más confundidos en los siglos anteriores. Es evidente que la confusión entre delito y pecado en el derecho penal canónico tuvo distintos grados de intensidad, pues nos estamos refiriendo a una legislación que evolucionó a lo largo de siglos y en la que era ineludible una primitiva confusión, toda vez que hasta el siglo XII el derecho y la teología estaban confundidos .El derecho penal canónico cobró singular importancia con la Inquisición, reglada legalmente en 1215, bajo Inocencia 111, a lo que cabe agregar que hacia 1300 el proceso inquisitorial fue tomado como un proceso regular por los tribunales laicos italianos. Como todo procedimiento inquisitorial, correspondía a un derecho penal el fondo de carácter tutelar: el derecho penal canónico veía la pena como expiación. De allí que la pena fuese concebida como una penitencia que redimía del pecado y que, por ende, liberaba, en
Tanto que el pecado esclavizaba. Este carácter penitencial de la pena le llevo a introducir la prisión mediante la reclusión  en celdas monásticas de donde proviene el nombre de "penitenciaria", que es usado hasta hoy.

El derecho penal canónico puso un limite a la "venganza de sangre" germana, desarrollando el instituto del asilo que. Como vimos, ya conocían otras legislaciones penales de la antigüedad. Se mostro igualmente opuesto a los medios procesales mágicos, como las ordalías, y, particularmente, a la ordalía del combate o lance individual. La formación de este derecho reconoce varias fuentes que se recopilaron en el siglo XV en el Corpus Juris Canonici. Es interesante recordar que el derecho penal canónico reivindicótodos los aspectos subjetivos del delito, que el derecho penal germánico colocaban en posición secundaria. El sentido espiritual de la pena canónica no podía menos que imponerle este camino, que también nos advierte sobre los peligros que corre todo derechoPenal tutelar, siempre tentado de caer en la crueldad. El derecho penal canónico atendió también a limitar la pena Solo al hombre individual. En principio, descarto la pena a animales. Si bien ordenaba suprimir al animal con que la mujer hubiese cometido bestialismo, observa con razón, que ello sólo obedecía a que la presencia del animal no despertase el recuerdo del torpe hecho, y agrega que las excomuniones a animales eranMeras maldiciones, más interesante es su evolucion en cuanto a las personas jurídicas,Cuya responsabilidad admitía en un principio, pese a reconocer que se trataba de una pena trascendente, pero acudiendo al extraño argumento de que Dios compensaría al inocente la pena injustamente sufrida. La reacción contra la responsabilidad penal de las corporaciones se debe a Sinibaldo di Fieschi, que luego fue Inocencio IV, autor de la teoría de la ficción en materia de personas jurídicas: launiversitas, no siendo sino un nomen juris, una ficción, no gozando de una existencia real, sino de una puramente ideal, incorporal ficticia, no pudiendo ni querer ni actuar por si, no puede ejecutar realmente ningún acto y especialmente ningún acto ilícito. Antes que, Johannes Teutonicus, ocupándose incidentalmente de la cuestión, había admitido que la universitas es incapaz de cumplirlos actos por si misma, no actuando sino por medio de representantes y, por ende, non potest de crimine accusare, pero se debe a 'Inocencio IV el mentor de haber sabido elaborar de un modo verdaderamente genial la teoría de la ficción y extraer de sus principios las consecuencias lógicas sobre da responsabilidad penal, con posterioridad, el derecho penal canónico volvió a admitir la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por influencia de los canonistas civilistas, pero limitadamente y sin abandonar la teoría
de la ficción.







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